TEMA 1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

1. ESTRUCTURA Y CONTENIDO

La Constitución Española (CE) fue sancionada por el Rey ante las Cortes el 27 de diciembre de 1978, publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978 y entró en vigor ese mismo día.

Estructura formal:

  • Preámbulo: Valor declarativo, no normativo.
  • Título Preliminar (Arts. 1-9).
  • 10 Títulos numerados.
  • 4 Disposiciones Adicionales.
  • 9 Disposiciones Transitorias.
  • 1 Disposición Derogatoria.
  • 1 Disposición Final.

Título Preliminar (Principios Fundamentales):

  • Art. 1: España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho. Los valores superiores son libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. La soberanía nacional reside en el pueblo español. La forma política es la Monarquía parlamentaria.
  • Art. 2: Se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones.
  • Art. 3: El castellano es la lengua española oficial del Estado; todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
  • Art. 4: La bandera tiene tres franjas horizontales: roja, amarilla (doble anchura) y roja.
  • Art. 5: La capital es la villa de Madrid.
  • Art. 6-7: Los partidos políticos, sindicatos y asociaciones empresariales deben tener estructura interna y funcionamiento democráticos.
  • Art. 8: Las Fuerzas Armadas (Ejército de Tierra, Armada y Aire) tienen como misión garantizar la soberanía, independencia, integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
  • Art. 9: Garantiza los principios de legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, seguridad jurídica, responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

2. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES

Regulados en el Título I (Arts. 10 a 55). El Art. 10 establece que la dignidad de la persona y los derechos inviolables son fundamento del orden político.

Capítulo I: De los españoles y los extranjeros (Arts. 11-13)

  • La mayoría de edad se alcanza a los 18 años.
  • Extradición: Solo en cumplimiento de tratado o ley, bajo principio de reciprocidad. Excluidos delitos políticos (no el terrorismo).

Capítulo II: Derechos y Libertades (Arts. 14-38)

  • Art. 14: Igualdad ante la ley sin discriminación.
  • Sección 1.ª: De los derechos fundamentales y de las libertades públicas (Arts. 15-29). Son los derechos de “especial protección”.
    • Art. 15: Derecho a la vida y prohibición de tortura. Abolida pena de muerte (salvo leyes penales militares en tiempo de guerra).
    • Art. 17: Libertad personal. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario, con un máximo de 72 horas.
    • Art. 18: Inviolabilidad del domicilio (necesario consentimiento o resolución judicial, salvo flagrante delito) y secreto de comunicaciones.
    • Art. 27: Derecho a la educación. Enseñanza básica obligatoria y gratuita.
  • Sección 2.ª: De los derechos y deberes de los ciudadanos (Arts. 30-38).
    • Art. 31: Sistema tributario justo, inspirado en principios de igualdad y progresividad, nunca confiscatorio.
    • Art. 33: Derecho a la propiedad privada y herencia, limitado por su función social.

Capítulo III: De los principios rectores de la política social y económica (Arts. 39-52)

  • No son derechos subjetivos directamente ejercitables; deben informar la legislación, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.

3. GARANTÍA Y SUSPENSIÓN

Garantías (Capítulo IV, Arts. 53-54):

  1. Vinculación y Reserva de Ley (Art. 53.1): Los derechos del Cap. II vinculan a todos los poderes públicos. Solo por Ley (que respete su contenido esencial) puede regularse su ejercicio.
  2. Protección Jurisdiccional Ordinaria (Art. 53.2): Los derechos del Art. 14 y Sección 1.ª del Cap. II pueden recabarse ante tribunales ordinarios por procedimiento basado en principios de preferencia y sumariedad.
  3. Recurso de Amparo (Art. 53.2): Ante el Tribunal Constitucional por violación de los derechos del Art. 14, Sección 1.ª Cap. II y Art. 30.2 (objeción de conciencia).
  4. Defensor del Pueblo (Art. 54): Alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos del Título I.

Suspensión (Capítulo V, Art. 55):

  • Suspensión colectiva: Mediante la declaración de los estados de excepción o de sitio. No cabe en el estado de alarma.
  • Suspensión individual: Para personas determinadas en relación con investigaciones sobre bandas armadas o elementos terroristas, con intervención judicial y control parlamentario.

4. LA CORONA

Regulada en el Título II (Arts. 56-65).

  • Figura: El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia. Su persona es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
  • Sucesión (Art. 57): Orden regular de primogenitura y representación. Preferencia: línea anterior, grado más próximo, varón sobre mujer, mayor edad sobre menor.
  • Regencia (Art. 59): Por minoría de edad o inhabilitación del Rey. Se ejerce por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. Requisitos: ser español y mayor de edad.
  • Funciones (Art. 62-63): Sancionar y promulgar las leyes (15 días), convocar y disolver Cortes, proponer candidato a Presidente del Gobierno, mando supremo de las Fuerzas Armadas, acreditar embajadores.
  • Refrendo (Art. 64): Los actos del Rey carecen de validez sin el refrendo del Presidente del Gobierno, los Ministros competentes o, en el caso de propuesta y nombramiento del Presidente del Gobierno y disolución del Art. 99, del Presidente del Congreso.

5. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Regulado en el Título IX (Arts. 159-165) y LOTC 2/1979.

  • Composición: 12 miembros nombrados por el Rey por un periodo de 9 años (renovación por tercios cada 3).
    • 4 a propuesta del Congreso (mayoría 3/5).
    • 4 a propuesta del Senado (mayoría 3/5).
    • 2 a propuesta del Gobierno.
    • 2 a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
  • Requisitos: Juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional.
  • Presidente: Nombrado por el Rey a propuesta del Tribunal en pleno por un periodo de 3 años.
  • Competencias (Art. 161):
    • Recurso y Cuestión de inconstitucionalidad contra leyes y normas con fuerza de ley.
    • Recurso de Amparo.
    • Conflictos de competencia entre el Estado y CCAA o CCAA entre sí.
    • Control previo de tratados internacionales.

OJO AL TEST

  1. La Constitución entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE: el 29 de diciembre de 1978.
  2. La detención preventiva tiene un plazo máximo de 72 horas antes de la puesta a disposición judicial o libertad.
  3. El Rey debe sancionar las leyes aprobadas por las Cortes Generales en el plazo de 15 días.
  4. La composición del Tribunal Constitucional es de 12 miembros y su mandato dura 9 años.
  5. Los candidatos al Tribunal Constitucional propuestos por las Cámaras requieren una mayoría de tres quintos (3/5).

TABLA DE PLAZOS CONSTITUCIONALES

Acto / Procedimiento Plazo Referencia
Sanción y promulgación de leyes por el Rey 15 días Art. 91
Detención preventiva máxima 72 horas Art. 17.2
Veto o enmiendas del Senado a Proyectos de Ley 2 meses (20 días si es urgente) Art. 90.2
Ratificación de propuesta de investidura (2.ª votación) 48 horas después de la primera Art. 99.3
Plazo para nueva elección de Presidente antes de disolución 2 meses desde la primera votación Art. 99.5
Elecciones tras terminación de mandato Entre 30 y 60 días Art. 68.6
Convocatoria del Congreso electo Dentro de los 25 días siguientes a elecciones Art. 68.6
Votación de Moción de Censura (periodo de enfriamiento) Mínimo 5 días desde presentación Art. 113.3
Presentación de mociones de censura alternativas 2 primeros días del plazo anterior Art. 113.3
Estado de Alarma (declaración inicial) Máximo 15 días Art. 116.2
Estado de Excepción (declaración inicial) Máximo 30 días (prorrogable otros 30) Art. 116.3
Solicitud de Referéndum para Reforma Ordinaria (Art. 167) 15 días siguientes a la aprobación Art. 167.3
Mandato Magistrados Tribunal Constitucional 9 años Art. 159.3
Mandato Presidente Tribunal Constitucional 3 años Art. 160

Resumen Ejecutivo

Ideas fuerza

  • La Constitución de 1978 es la norma fundamental, sancionada el 27 de diciembre y en vigor desde el 29 de diciembre.
  • España es un Estado social y democrático de Derecho bajo la forma de Monarquía parlamentaria.
  • El texto se estructura en un Título Preliminar y 10 Títulos numerados.
  • La soberanía reside en el pueblo español, no en las instituciones ni en territorios aislados.
  • Los derechos fundamentales de mayor protección (Sección 1.ª Cap. II) gozan de reserva de Ley Orgánica y procedimiento sumario.
  • El Rey es el Jefe del Estado, figura inviolable cuyos actos deben estar siempre refrendados para ser válidos.
  • La Regencia se activa por minoría de edad o inhabilitación del Rey y requiere nacionalidad española y mayoría de edad.
  • La suspensión de derechos solo cabe en estados de excepción o sitio, o de forma individual en investigaciones terroristas.
  • El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo, compuesto por 12 magistrados con mandato de 9 años.
  • Existen dos vías de reforma: la ordinaria (3/5 de las Cámaras) y la agravada (disolución de Cortes y 2/3 de las nuevas Cámaras).
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Glosario

Soberanía nacional

Monarquía parlamentaria

Irretroactividad

Habeas corpus

Recurso de amparo

Inviolabilidad

Refrendo

Regencia

Cuestión de inconstitucionalidad

Derechos de especial protección

FAQs

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TIPO TEST — BLOQUE I

PREGUNTAS LITERALES (SEGÚN EL BOE)

Literal BOE

Según el artículo 1.1 de la Constitución, España se constituye en un Estado:

Literal BOE

¿Cuál es el plazo máximo que la Constitución establece para la detención preventiva antes de la puesta en libertad o a disposición judicial?

Literal BOE

El artículo 5 de la Constitución Española establece que la capital del Estado es:

Literal BOE

Según el artículo 59.4, para ejercer la Regencia es preciso:

Literal BOE

El artículo 91 dispone que el Rey sancionará las leyes aprobadas por las Cortes Generales en el plazo de:

Literal BOE

¿Cuántos miembros componen el Tribunal Constitucional según el artículo 159.1?

Literal BOE

Los Magistrados del Tribunal Constitucional son nombrados por un periodo de:

Literal BOE

Según el artículo 13, la extradición solo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de:

Literal BOE

El artículo 159.3 establece que el Tribunal Constitucional se renovará por terceras partes cada:

Literal BOE

De acuerdo con el artículo 62.h, corresponde al Rey:

TIPO TEST — BLOQUE II

PREGUNTAS DE RAZONAMIENTO LÓGICO-JURÍDICO

Razonamiento jurídico

¿Qué derechos del Título I gozan de la garantía del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional según el artículo 53.2?

Razonamiento jurídico

En caso de que el Rey se inhabilitara para el ejercicio de su autoridad y el Príncipe heredero fuera menor de edad:

Razonamiento jurídico

Sobre la suspensión de derechos, ¿cuál es la diferencia fundamental entre la suspensión colectiva y la individual?

Razonamiento jurídico

Respecto al refrendo de los actos del Rey, ¿quién es el responsable del acto refrendado según el artículo 64?

Razonamiento jurídico

La Constitución garantiza el principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras:

Razonamiento jurídico

Si una Comunidad Autónoma no cumpliera las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, el Gobierno requiere la aprobación por mayoría absoluta de:

Razonamiento jurídico

Un Magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del Senado requiere una mayoría de:

Razonamiento jurídico

¿Cuál es la naturaleza jurídica de los 'Principios rectores de la política social y económica' (Capítulo III del Título I)?

Razonamiento jurídico

El Presidente del Tribunal Constitucional es nombrado por el Rey:

Razonamiento jurídico

El derecho a la educación (art. 27) se considera un derecho fundamental de especial protección porque:

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